viernes, 14 de marzo de 2008

Curso de Formación Sindical

La Sección Sindical de CCOO de la ONCE en la provincia de Valencia convoca a sus afiliados a un CURSO DE FORMACIÓN SINDICAL que se celebrará el próximo día 5 de abril a partir de las 10'h. Si quieres inscribirte comunícalo al 607255602 ó mandando un correo a: once-fsappv@pv.ccoo.es
Si sobran plazas, se facilitará el acceso a todos aquellos simpatizantes que deseen inscribirse.
Se facilitará a parte del temario, material complementario.
El curso tendrá lugar en la Delegación Territorial de la ONCE en Valencia: G. V. Ramón y Cajal nº 13.

lunes, 10 de marzo de 2008

3ª Nota de marzo 2008

UNO MÁS Y VAN…

El Consejo General ha aprobado la celebración de un sorteo que se realizara los sábados, éste tendrá las mismas características que los sorteos de lunes a jueves. Igualmente se realizara sorteo los 365 días del año.

Desde CCOO consideramos que el vendedor no puede convertirse en un escaparate andante, en este momento el vendedor tiene que llevar encima 12 productos distintos mas si hay sorteo extraordinario 13, aparte de el TPV, el cambio, libros de reserva… todo esto unido a la discapacidad que cada uno acarrea hace que las condiciones laborales a las que se está sometiendo al personal vendedor sean tercermundistas. Es hora de hacer una reordenación de productos y de condiciones laborales y una valoración realmente eficiente de todos los puestos de trabajo pues, no es tolerable que por un lado se queje la Dirección del alto índice de absentismo laboral y por el otro lado se esté sometiendo a los trabajadores a unas cargas de trabajo, las cuales resultarían en muchos casos insufribles para trabajadores que no tuvieran ningún tipo de discapacidad.

OTRA JUGADA INEXPLICABLE

Resulta difícilmente explicable que ante la situación tan delicada por la que atraviesa la ONCE –según nos dicen sus directivos- se deje de potenciar la compra de uno de sus productos, en este caso “El Combo”. Si recordamos el mensaje que en su día se nos trasladó cuando se inició la comercialización de este producto, “éste resultaría atractivo para nuestros clientes por la acumulación de botes” Pues bien, sin encomendarse ni a Dios, ni al diablo, de la noche a la mañana se decide no aportar ni un céntimo de euro más al “Combote”, cuestión esta, entre otras, que ha producido una caída en las ventas con relación al mes anterior del 0’17 millones de euros y lo que es más grave, se esta jugando peligrosamente con quien si que nos da de comer todos los meses, nuestra clientela, pero esto parece importarle poco o nada a nuestros directivos. Ojalá el nuevo juego 7/39 no vuelva a resultar otro engendro como por desgracia han sido los últimos productos lanzados. En cualquier empresa, sea del sector que sea, no se permitiría ni por un minuto que estos diseñadores de productos permanecieran en su puesto de trabajo.

Nota sobre permisos por paternidad

*NOTA INFORMATIVA 06/2008

EL CONVENIO Y LA NUEVA LEY DE IGUALDAD INCREMENTAN RECURSOS
PARA EJERCER UNA PATERNIDAD CORRESPONSABLE

El padre, tras el nacimiento de su hijo o hija, puede disfrutar: 2 días de permiso retribuido, mas 15 por ampliación del permiso por maternidad, más 13 días por permiso de paternidad. Permisos a los que podría añadir hasta 70 días más si disfruta el permiso por maternidad no utilizado por la madre y más de 15 días acumulando el permiso de lactancia.

Tras el XIII Convenio y la promulgación de la Ley 3/2007 de Igualdad entre Hombres y Mujeres, los permisos derivados de paternidad, por nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, se han incrementado sustancialmente. Por lo que, al haber detectado que puede existir desconocimiento de estos derechos, a continuación pasamos a detallaros la situación de la que puede beneficiarse un trabajador de la ONCE en tales supuestos:

- El artículo 37.1, letra b), del Convenio contempla 2 días de permiso por nacimiento de hijo (4 si es fuera de la provincia), que no se percibe por supuestos de acogimiento o adopción. Abonados con cargo a la empresa en cuantía equivalente al salario base y complemento por antigüedad.
- El artículo 37.1, letra j), también del Convenio, contempla un permiso adicional de dos semanas, disfrutable a partir de finalizada la suspensión por maternidad. Abonado con cargo a la empresa, en cuantía equivalente al salario base y complemento por antigüedad de la categoría de origen.
- El artículo 48-bis del Estatuto de los Trabajadores, contempla el disfrute de trece días de permiso por paternidad, (a jornada completa o media jornada), disfrutables a partir de cualquiera de los permisos anteriores. Abonados con cargo al INSS, en cuantía equivalente al 100% de la Base Reguladora por IT.
- El artículo 37.1, letra h), también del Convenio, contempla un permiso por lactancia, de reducción de la jornada en media hora hasta los doce meses de edad, acumulable en jornadas completas. Abonado con cargo a la empresa, en cuantía equivalente al salario base y complemento por antigüedad.
- Además de los permisos anteriores, acumulables entre sí, el padre también podría tomar hasta diez semanas del permiso por maternidad (a jornada completa o media jornada) no utilizado por la madre que debe disfrutar obligatoriamente seis semanas después del parto. Abonadas con cargo al INSS, en cuantía equivalente al 100% de la Base Reguladora por IT.

En definitiva, estos permisos permiten a un padre ejercer, corresponsablemente con la madre, las obligaciones de la paternidad durante las primeras semanas de vida, adopción o acogimiento, de su nuevo hijo o hija, pudiendo compartirlas con ella. Por lo que, desde nuestro sindicato animamos a hacerlo, para avanzar en una cultura social efectiva de:

IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES

jueves, 6 de marzo de 2008

2ª Nota de marzo 2008

A GOLPE DE CIRCULAR LA ONCE CAMBIA LAS CONDICIONES DE ADJUDICACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LOS PUNTOS DE VENTA

La Dirección ha emitido la Circular 4/2008 como nueva normativa reguladora de la adjudicación y asignación de puntos de venta. Su contenido hemos de valorarlo desde la óptica de CC.OO., como una “norma” carente de garantías y de la más elemental objetividad, debiendo constatar que el XIII Convenio Colectivo entrega a la ONCE, con aquiescencia de UTO-UGT, facultades ilimitadas para que ésta maneje la adjudicación a su antojo. La nueva norma modifica y altera la realidad fáctica actual, así:

Se fija como jornada del vendedor el denominado horario de mayor productividad, que obliga a una permanencia de siete horas y treinta minutos diarios, acotando para el resto de tareas, sólo media hora. A criterio del Centro, puede establecerse jornada continuada o jornada partida. Los horarios pueden ser iguales para todos los días o diferentes, incluso por períodos. La única obligación para la Dirección, cuando cambia horarios y así aparece en Convenio, es la de notificar la modificación con siete días de antelación. Todo ello contrasta con la legislación y la tendencia en materia de conciliación de la vida laboral y familiar.
El vendedor viene obligado además de a explotar el punto de venta asignado, con la permanencia de siete horas y media, a atender su zona de influencia para lo que se dice: “que zona y punto de venta, constituyen un todo”.
A cada vendedor se le tiene que asignar un punto de venta que de forma conjunta con su zona de influencia obtenga como rentabilidad al menos los mínimos exigidos por Convenio Colectivo. Si dicha rentabilidad no se alcanza, la Dirección extenderá la zona de influencia del punto de venta, y si ello no fuera posible por invasión de los puntos limítrofes, se removerá el vendedor a otro punto de venta, se amortizará el que explotaba, readscribiendo su zona a los puntos colindantes.
Para la asignación de puntos de venta, la Circular no establece criterio alguno. Recoge, eso sí, que la misma deberá ser en lo posible objetiva y que se atenderá al perfil del vendedor según la vacante a cubrir, haciendo referencia a instrucciones que dictará la Dirección General. En todo caso, toda adjudicación o modificación de las existentes, lleva pareja la notificación de escrito de asignación/modificación de punto de venta en el que figurará los datos del punto o puntos, el horario de inicio y el de mayor productividad o jornada, la rentabilidad a alcanzar en euros semanales, la zona de influencia con inclusión de plano, etc., además, se adjuntará la evaluación de riesgos del puesto de trabajo. Con esta referencia genérica, se salva la obligación empresarial de evaluar el puesto. Se dice también, en materia preventiva, que “a los vendedores no se les asignará puntos o zonas de venta que por sus características personales, estado biológico o discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocidas puedan suponerles situaciones de peligro”. No se contempla criterio, ni parámetro alguno, ni se recoge un protocolo por el que validar la adecuación del vendedor al punto, zona, ruta.... que se le asigna; se resuelve con una mera declaración el que califican de “trato prioritario” a los ciegos totales y grandes discapacitados, para acceder a quioscos, stands y locales comerciales, e ídem mediante una disposición adicional, se les reconoce sin más y en genérico, que se procurará asignarles puntos o zonas de venta cercanos a sus domicilios. Eso sí, se regula que los acuerdos que la ONCE suscriba con Centros Comerciales, deberán cumplimentar con carácter previo a la incorporación a la actividad de la venta, la documentación exigible para la coordinación empresarial en materia de seguridad y salud laboral. Se cumple el papel y se olvida a las personas. En síntesis, la adjudicación es una competencia exclusiva de la Dirección, como le permite el Convenio por voluntad de UTO-UGT, y ésta la gestionará a su antojo.
Se parte de la referencia del Convenio de respetar las titularidades existentes a 1 de octubre de 2001, pero por el contrario, se regula la capacidad de la ONCE para variar la asignación del resto de puntos de venta, por cambio organizativo o comercial, si no se alcanzan los mínimos y no se puede garantizar esto ampliando zona de influencia. Además, se lleva a circular que las titularidades reconocidas a la fecha de 1 de octubre, pueden ser anuladas cuando existan razones técnicas, organizativas, económicas o productivas, o cuando se amortice el punto de venta por razones legales o de mercado.
La ampliación del parque de quioscos queda sin más truncada, se regula que las nuevas instalaciones obedecerán estrictamente a rentabilidad. Este planteamiento choca con la mejora de la imagen de la venta y con la mejora de las condiciones de trabajo de la plantilla, siendo incuestionable que existe una discriminación innegable cual es que con los mismos criterios de retribución, unos padecen la venta a la intemperie y otros disfrutan la venta a cubierto y ello sin que sufrir o disfrutar traiga causa en criterios objetivos, sino en el mero capricho de la Dirección.
La determinación de zonas de influencia se realiza sin que se impongan criterios de preservar unas zonas sobre otras, por lo que parece obvio van a compartirse zonas con lo que ello conlleva de competencia salvaje. Ahora vuelven a resucitar el invento del identificativo de vendedor autorizado. Todo vendedor tiene que llevar consigo su carné y su identificativo en lugar visible, pero ¿habrá verdadera voluntad de preservar a los vendedores autorizados, frente a la competencia desleal y a las prácticas de venta a través de personas no autorizadas?
La ONCE podrá establecer, a través de nuevos canales y colaboraciones puntuales, otros puntos de venta. Esta regulación se efectúa sin resolver mediante negociación, como hemos venido exigiendo desde CC.OO., cómo han de repercutir sobre las plantillas los beneficios que se alcanzan con venta diferente a la obtenida por los vendedores.

Desde CC.OO consideramos que las facultades que el Convenio da a la Dirección, no pueden posibilitar que ignoremos la obligación de exigir objetividad en los procedimientos de adjudicación, respeto a las normas de seguridad y salud y exigencia de horarios y jornadas que posibiliten una verdadera conciliación de la vida laboral y familiar, máxime teniendo en cuenta, que se trata de trabajadores con discapacidades diversas. UTO-UGT es sin duda responsable con su complicidad, de que la ONCE disponga de los vendedores, sin respeto ni a sus jornadas, ni a sus condiciones de trabajo.

SECCIÓN SINDICALCCOO – ONCE de VALENCIA

lunes, 3 de marzo de 2008

Nota de marzo 2008

LAS COSAS CLARAS

En los últimos días, han sido muchos los compañeros que se han dirigido a esta Sección Sindical preguntándonos acerca de sus obligaciones y derechos como trabajadores, pues en algunos casos –no pocos por desgracia- se están impartiendo órdenes en algunos casos camufladas de “consejos”, que llegan a rayar en lo vulgar y a herir la propia dignidad de las personas. Por lo tanto os recordamos cuanto sigue:


- No estáis obligados a salir a vender en vuestros días de descanso.
- No estáis obligados a vender fuera de vuestra zona de influencia.
- No os pueden negar el derecho a solicitar las vacaciones en el periodo que consideréis más oportuno para vuestros intereses.
- No os pueden exigir que realicéis más horas de las que prevé el convenio.
- Nadie puede ampararse en su superioridad jerárquica para menospreciar a las personas.
- Nadie puede obligarte a que te afilies a ningún Sindicato que no sea de tu elección.

Si en algún momento consideras vulnerado alguno de tus derechos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

CCOO TE AYUDA A DEFENDER TUS DERECHOS
NO DEJES QUE NADIE TE LOS ARREBATE



SECCIÓN SINDICAL
CCOO – ONCE de VALENCIA

Nota sobre el 8 de marzo



8 DE MARZO 2008, DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER
AHORA, IGUALDAD REAL

En el centenario de la conmemoración del 8 de marzo como Día Internacional de la Mujer, Comisiones Obreras hace un llamamiento a los partidos políticos que concurren a las elecciones legislativas a que promuevan acciones para hacer efectiva la igualdad real de mujeres y hombres en los distintos ámbitos de la vida social, laboral, política y económica. Pues, a pesar del importante crecimiento de empleo de las mujeres, el mercado laboral sigue segregando a la mujer en empleos y sectores con menores requerimientos de formación y cualificación y por lo tanto de menor valor. Desigualdad acrecentada en los grupos de mujeres especialmente vulnerables: las más jóvenes, las más mayores, con discapacidad o inmigrantes.

La nueva Ley de igualdad entre hombres y mujeres contempla medidas concretas, en los ámbitos público y privado, con el fin de: hacer visible la desigualdad, actuando contra la discriminación directa e indirecta; favoreciendo la corresponsabilidad familiar entre mujeres y hombres; previniendo el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, protegiendo a las víctimas del mismo; mejorando la protección de seguridad social por maternidad, por reducción de jornada o por conciliación y contemplando como contingencias profesionales el derecho de permiso por paternidad y el riesgo por embarazo y durante la lactancia.

El desarrollo y aplicación de la Ley de Igualdad exige el esfuerzo y la puesta en común del conjunto de las organizaciones sociales, políticas y sindicales. Para CCOO el desarrollo de esta ley supone un reto importante, pues viene a reforzar los objetivos, criterios y contenidos de igualdad de género contemplados en el Plan de Acción de nuestro sindicato.

En el panorama social nos seguimos enfrentando a la lacra de la violencia contra las mujeres con un continuo crecimiento de asesinatos de mujeres, que sitúa su cenit en el “martes negro” del pasado 26 de febrero con 4 víctimas mortales, lo que evidencia las dificultades en la aplicación de las distintas medidas recogidas en la Ley integral contra la violencia de género. En su informe anual, el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer, muestra importantes resultados sobre las actuaciones realizadas, pero insuficientes. Esto hace preciso una mayor eficacia y desarrollo de las acciones legales contra la violencia, de forma que garantice mejor la seguridad de las mujeres.

Otra cuestión de especial alarma social, es la que se ha producido recientemente por las actuaciones policiales llevadas a cabo en clínicas acreditadas para la interrupción voluntaria del embarazo y los ataques de grupos ultraderechistas, a mujeres y profesionales que ejercen y aseguran, respectivamente, el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en el marco de la legalidad vigente. Estas actuaciones suponen la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos contemplados en la Ley de despenalización del aborto.

En el 8 de Marzo, Día Internacional de la Mujer, son compromisos de COMISIONES OBRERAS en materia de Igualdad:

- Negociar un Plan y medidas de igualdad en la ONCE y el resto de empresas, para mejorar la calidad del empleo de las mujeres, sus condiciones laborales y la eliminación de la posible discriminación salarial.

- Reforzar las actuaciones sindicales contra la violencia de género y el acoso sexual contra las mujeres.

- Demandar la creación de las necesarias infraestructuras sociales que cubran el déficit existente para la educación de 0 a 3 años y de atención a las personas en situación de dependencia.

- Reclamar al Gobierno, elegido tras las elecciones generales del 9 de Marzo, que asegure el avance de la igualdad y el ejercicio de los derechos legalmente establecidos, modificando la actual Ley de despenalización del aborto.

- Asegurar una mayor presencia de mujeres en los ámbitos públicos y privados, en los órganos de representación y de decisión, en los cargos de gestión (directivos y mandos intermedios) de la ONCE, posibilitando en las candidaturas electorales una representación equilibrada entre mujeres y hombres.

- Exigir en la ONCE una Prevención adecuada de los riesgos específicos de las trabajadoras durante el embarazo y la lactancia, asegurando la adaptación o cambio del puesto de trabajo si fuera preciso.

- Avanzar hacia una sociedad más justa, equitativa y democrática que elimine las situaciones de violencia de género, explotación y tráfico sexual, discriminación y pobreza que viven las mujeres en distintas partes del mundo, participando activamente en las distintas actuaciones y campañas que se produzcan.

Comisiones Obreras, también en la ONCE, llama a la participación activa en los actos y manifestaciones, que en todo el Estado, conmemoran el Día internacional de la Mujer y apela a la conciencia individual a aportar esfuerzos para modificar el actual estado de cosas.

Madrid, 3 de marzo de 2008